{"id":203752,"date":"2024-02-12T16:18:21","date_gmt":"2024-02-13T00:18:21","guid":{"rendered":"https:\/\/www.horizonteinformativo.info\/?p=203752"},"modified":"2024-02-12T16:18:21","modified_gmt":"2024-02-13T00:18:21","slug":"dan-de-baja-a-contribuyentes-del-resico-que-no-renovaron-su-inscripcion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.horizonteinformativo.info\/dan-de-baja-a-contribuyentes-del-resico-que-no-renovaron-su-inscripcion\/","title":{"rendered":"Dan de baja a contribuyentes del RESICO que no renovaron su inscripci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>Dan de baja a contribuyentes del RESICO que no renovaron su inscripci\u00f3n<\/p>\n<p>Tal como hab\u00eda informado el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT), la fecha l\u00edmite para darse de alta en el R\u00e9gimen Simplificado de confianza (RESICO) concluy\u00f3 el pasado 31 de enero, por lo que aquellos que no lo hicieron ser\u00e1n dados de baja.<\/p>\n<p>As\u00ed lo dio a conocer el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, indic\u00f3 que desde hace unas semanas el SAT lanz\u00f3 un comunicado en el que record\u00f3 a los contribuyentes que se inscribieran en el RESICO hasta el 31 de enero de 2024, como fecha l\u00edmite.<\/p>\n<p>\u201cAdem\u00e1s, tienen que completar el proceso de actualizaci\u00f3n de actividades econ\u00f3micas y cumplir con los requisitos especificados en la Resoluci\u00f3n Miscel\u00e1nea Fiscal; este tr\u00e1mite implica, entre otros pasos, el acceso al portal del SAT, la actualizaci\u00f3n de informaci\u00f3n en el RFC y la confirmaci\u00f3n de los datos suministrados a trav\u00e9s de un acuse oficial\u201d, explic\u00f3.<\/p>\n<p>De acuerdo con el portal del SAT, coment\u00f3 Pickett Corona, el RESICO es una especie de simplificaci\u00f3n de car\u00e1cter administrativo, por lo que es un sistema que garantiza un pago de impuestos de forma sencilla, r\u00e1pida y eficiente.<\/p>\n<p>\u201cEl tr\u00e1mite debe realizarse si una persona residente en M\u00e9xico tambi\u00e9n desea tributar o mantener este mismo r\u00e9gimen, siempre que cuente con un aviso de actualizaci\u00f3n de actividades econ\u00f3micas y est\u00e9 activa en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)\u201d, apunt\u00f3.<\/p>\n<p>El abogado fiscalista refiri\u00f3 que para permanecer en el RESICO, los contribuyentes deber\u00e1n estar activos en el RFC, estar al corriente con las obligaciones fiscales y no encontrarse en el listado del 69-B del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cTambi\u00e9n deber\u00e1n presentar los pagos mensuales y la declaraci\u00f3n anual, contar con e.firma y tener activado el buz\u00f3n tributario, as\u00ed como tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al a\u00f1o\u201d, abund\u00f3.<\/p>\n<p>Cabe mencionar que la autoridad fiscal no realiza notificaciones de que se est\u00e1 a punto de salir del r\u00e9gimen, advirti\u00f3, Pickett Corona, s\u00f3lo por medio del Buz\u00f3n Tributario se notifica la baja de este r\u00e9gimen, pero sin advertencia previa, por lo que los contribuyentes deben estar al pendiente y estar en regla con sus obligaciones.<\/p>\n<p>Finalmente, se\u00f1al\u00f3 que los contribuyentes que salen de RESICO por no cumplir con las obligaciones ya no pueden regresar al r\u00e9gimen, ya que solo se puede retornar cuando la salida se dio porque se cambi\u00f3\u00a0de\u00a0esquema.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Dan de baja a contribuyentes del RESICO que no renovaron su inscripci\u00f3n Tal como hab\u00eda informado el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT), la fecha l\u00edmite para darse de alta en el R\u00e9gimen Simplificado de confianza (RESICO) concluy\u00f3 el pasado 31 de enero, por lo que aquellos que no lo hicieron ser\u00e1n dados de baja. 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